| Fecha | Tipo | Localidad |
|---|---|---|
| 16-05-2013 | Visita in-situ | Cáceres |
| 15-05-2013 | Visita in-situ | Cáceres |
| 14-05-2013 | Visita in-situ | Cáceres |
| 13-05-2013 | Consulta telemática | Miajadas |
| 13-05-2013 | Visita in-situ | Cáceres |
| 10-05-2013 | Visita in-situ | San Vicente de Alcántara |
| 10-05-2013 | Visita in-situ | Mérida |
| 09-05-2013 | Visita in-situ | San Vicente de Alcántara |
Noticias
Noticias FunPRL 2011
Cursos de Plaguicidas y Certificado de Bienestar Animal
El 17 de noviembre de 2011 se ha publicado el DECRETO 270/2011, de 11 de noviembre, por el que se establece la normativa reguladora de las actividades de formación dirigidas a la obtención de la capacitación suficiente para la manipulación y aplicación de plaguicidas de uso agrícola y/o ganadero y el bienestar animal, así como la regulación del procedimiento de homologación de los programas formativos correspondientes y la expedición del carné o certificado procedente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El mismo tiene como finalidad establecer la normativa reguladora de las actividades de formación necesarias con objeto de obtener la capacitación suficiente para la manipulación y aplicación de plaguicidas de uso agrícola y/o ganadero y el bienestar animal, así como regular el procedimiento de homologación de los programas formativos correspondientes y la expedición del carné o certificado procedente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Se establecen los tipos de actividad y los niveles de capacitación para los Cursos de Plaguicidas:
A) Cursos de Plaguicidas de uso agrícola (fitosanitarios):
B) Cursos de Plaguicidas de uso ganadero (biocidas):
C) Cursos de Niveles Especiales. De acuerdo con el artículo 10.3.4 del Real Decreto 3349/1983, de 30 de noviembre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas (modificado posteriormente por los Reales Decretos 162/1991, de 8 de febrero, y 443/1994, de 11 de marzo), estos cursos están dirigidos específicamente a toda persona que participe en la aplicación de cada uno de los plaguicidas que sean o generen gases clasificados como tóxicos o muy tóxicos, teniendo en cuenta su modalidad de aplicación. Asimismo, para acceder a este nivel especial, se deberá estar en posesión del carné de plaguicidas de uso agrícola o de uso ganadero, en los niveles básico o cualificado.
Las actividades formativas para los Cursos de Bienestar Animal son:
También se determinan los requisitos de homologación para las entidades que organicen e impartan estos cursos, así como de los monitores y de los propios cursos en sí. Las actividades formativas homologadas serán publicadas, con una periodicidad quincenal, mediante anuncio a través de la siguiente sede electrónica: www.rurex-formacion.es
Se establecen las exenciones y convalidaciones para la obtención de esta capacitación, así como los plazos de validez de los mismos:
Para la renovación del carné o certificado deberá presentarse solicitud según el Anexo XVI y/o el Anexo XVI bis dentro de los dos últimos meses de vigencia del carné o certificado en cuestión, abonándose la tasa que corresponda.
Los carnés ya expedidos antes de la entrada en vigor de este decreto (18/11/2011) serán válidos durante el plazo previsto en la normativa anterior, sin perjuicio de que tenga que ser solicitada su renovación en los términos establecidos.
Contenidos elaborados con la financiación de:
IT-0033/2010 |
